GACETA OFICIAL Año XIV - Número 293 del Acuerdo de Cartagena Lima, 05 de setiembre de 1997 SUMARIO Comisión de la Comunidad Andina Pág. Acuerdo sobre cruce de frontera internacional Ureña-Puente Francisco de Paula Santander entre la República de Venezuela y la República de Colombia Decisión 421.- Protección del símbolo oficial de la Comunidad Andina ACUERDO SOBRE CRUCE DE FRONTERA INTERNACIONAL UREÑAPUENTE FRANCISCO DE PAULA SANTANDER ENTRE LA REPUBLICA DE VENEZUELA Y LA REPUBLICA DE COLOMBIA El Gobierno de la República de Venezuela y el Gobierno de la República de Colombia,
CONSIDERANDO
Que el artículo 7 de la Decisión 271 “Sistema Andino de Carreteras” de la Comisión del Acuerdo de Cartagena establece los cruces de frontera para los ejes troncales del Sistema Andino de Carreteras, enumerando Paraguachón y el Puente Internacional Simón Bolívar-San Antonio-Cúcuta, como cruces de frontera entre Venezuela y Colombia. Que, según lo dispone el artículo 9 de la Decisión 271, los Países Miembros de la Comunidad Andina pueden aprobar bilateralmente cruces de frontera adicionales de interés binacional, regional o fronterizo.
Que, de conformidad con lo previsto en el Artículo 116 del Acuerdo de Cartagena, los Países Miembros desarrollarán acciones conjuntas en materia de integración física a fin de promover el avance del proceso de integración económica en la Subregión y de atender los volúmenes crecientes de movilización de intercambio de bienes y de personas que este proceso genera, ACUERDAN: Artículo 1.- Aprobar el paso de Ureña y el Puente Internacional Francisco de Paula Santander como cruces de frontera adicionales entre Venezuela y Colombia para los ejes tron-cales del Sistema Andino de Carreteras.
Artículo 2.- Colombia adecuará, en los 30 días siguientes a la firma de este documento, la infraestructura física y administrativa para permitir el paso a que se refiere este Acuerdo. Artículo 3.- Remitir copia del presente Acuerdo a la Secretaría General de la Comunidad Andina, a fin de que el mismo sea publicado en la Gaceta Oficial de dicho órgano. Por el Gobierno de Venezuela Freddy Rojas Parra Ministro de Industria y Comercio Por el Gobierno de Colombia Carlos Ronderos Torres Ministro de Comercio Exterior En Santafé de Bogotá, a los veinticinco días del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete.
Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 05/09/97 2.4 DECISION 421 Protección del símbolo oficial de la Comunidad Andina LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: El Acta de Barahona, el Artículo 52 del Acuerdo de Cartagena, el Artículo 6 ter del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, el Artículo 2.1 del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio de la Organización Mundial del Comercio, y la Propuesta de la Secretaría General; y,
CONSIDERANDO
Que, con ocasión de realizarse el VI Consejo Presidencial Andino en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, los días 3, 4 y 5 de diciembre de 1991, los Presidentes de los Países Miembros acordaron adoptar el logotipo de dicho Consejo para todas las actividades que se realizaran en el marco de la integración subregional andina; en sus respectivos registros, al signo distintivo contenido en el Anexo de la presente Decisión, como símbolo oficial de la Comunidad Andina.
Dicha inscripción se realizará con la finalidad de darle la protección debida, conforme a las normas aplicables en materia de propiedad industrial, a fin de impedir o anular su registro por parte de terceros y prohibir su utilización, sin permiso de los órganos e instituciones de la Comunidad Andina, sea como marca de productos o de servicios.
Artículo 2.- De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 6 ter del Convenio de París, comuníquese a la representación de la República del Ecuador ante la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual para que, en representación de la Comunidad Andina, notifique a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual el símbolo oficial de la Comunidad.
DECIDE: Artículo 1.- Las Oficinas Nacionales Competentes en materia de Propiedad Industrial inscribirán, Dada en la ciudad de Lima, Perú, a los treinta días del mes de agosto de mil novecientos noventa y siete. GACETA OFICIAL 05/09/97 ANEXO SIMBOLO OFICIAL DE LA COMUNIDAD ANDINA 3.4 GACETA OFICIAL 05/09/97 4.4 Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 221-2222 - Casilla 18-1177 - Lima 18Perú