Año XXIII - Número 1434 Lima, 28 de noviembre de 2006 SUMARIO Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, en reunión ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión Pág. Decisión 655.- Modificación de la Decisión 504 Decisión 656.- Plazo de vacancia del Secretario General DECISIÓN 655 Modificación de la Decisión 504 EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, REUNIDO EN FORMA AMPLIADA CON LOS REPRESENTANTES TITULARES ANTE LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, VISTOS: Los Artículos 3 y 16 del Acuerdo de Cartagena, codificado mediante Decisión 563, la Decisión 504 “Creación del Pasaporte Andino”, y la Decisión 625; y,
CONSIDERANDO
Que, mediante la Decisión 625 el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores amplió el plazo de entrada en vigencia del “Pasaporte Andino”, creado mediante la Decisión 504, hasta el 31 de diciembre de 2006; y, Que, es necesario brindar un plazo adicional para la entrada en vigencia del Pasaporte Andino en los Países Miembros que aún no lo han hecho;
DECIDE: Artículo 1.- Postergar hasta el 31 de diciembre de 2007 el plazo establecido en el artículo 5 de la Decisión 504. Dada en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil seis. Para nosotros la Patria es América GACETA OFICIAL 28/11/2006 2.2 DECISIÓN 656 Plazo de vacancia del Secretario General EL CONSEJO ANDINO DE MINISTROS DE RELACIONES EXTERIORES, REUNIDO EN FORMA AMPLIADA CON LOS REPRESENTANTES TITULARES ANTE LA COMISION DE LA COMUNIDAD ANDINA, jurídico de la Comunidad Andina y en particular dentro del Artículo 13 del Reglamento de la Secretaría General establecido en la Decisión 409;
VISTOS: El literal k) del Artículo 7 del Reglamento del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (Decisión 407), el Artículo 13 del Reglamento de la Secretaría General (Decisión 409) y la Decisión 644; y, Artículo 1.- Prorróguese en esta oportunidad el plazo de vacancia contenido en el artículo 13 de la Decisión 409 “Reglamento de la Secretaría General de la Comunidad Andina”, hasta el 1 de enero de 2007.
CONSIDERANDO: El acuerdo del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en reunión ampliada de designar próximamente al nuevo Secretario General de la Comunidad Andina; Artículo 2.- Durante el plazo a que se refiere el Artículo anterior, el señor Alfredo Fuentes Hernández continuará ejerciendo las funciones de Secretario General que le fueran encargadas mediante Decisiones 640 y 644 de 2006.
La iniciativa presentada por el Secretario General (E) de la Comunidad Andina de enmarcar el mencionado acuerdo dentro del ordenamiento Dada en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, a los veinticuatro días del mes de noviembre del año dos mil seis. DECIDE: Editada por la Secretaría General de la Comunidad Andina - Paseo de la República 3895 - Fax (51-1) 221-3329 - Teléf. (51-1) 411-1400 - Casilla 18-1177 - Lima 18-Perú