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Article 30

Introducción

Circular 100 de 1995

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Las entidades señaladas en el ámbito de aplicación de cada riesgo en la presente Parte deben contar con una adecuada gestión de los riesgos de crédito, mercado, operacional, liquidez, país, contraparte, de seguros, garantía y tasa de interés del libro bancario, según corresponda. Así mismo debe contar con lineamientos generales para la agregación de datos sobre riesgos y presentación de información.

La gestión de cada uno de los riesgos debe hacer parte del SIAR, guardar consistencia con los lineamientos señalados en la Parte I del presente Capítulo y gestionarse tanto a nivel individual como consolidado. En este sentido, las políticas y procedimientos señaladas en la Parte I deben desarrollarse para la gestión de cada uno de los riesgos anteriormente mencionados, en los casos en que aplique. Adicionalmente la gestión y control interno de cada riesgo debe ser coherente con la gestión de los demás riesgos y por tanto reconocer la interacción entre ellos.

La presente Parte contiene los lineamientos y parámetros mínimos que las entidades deben observar para la gestión de los riesgos mencionados, así como para la agregación de datos sobre riesgos y presentación de información.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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