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Article 2.2.8.8.13

Obligación De Realizar Conmutación Pensional Por Entidades En Liquidación

Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

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Text of the article

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Obligación de realizar conmutación pensional por entidades en liquidación . Cuando se disponga la liquidación de una empresa que tenga a su cargo el pago de pensiones y esta cuente con los recursos para el efecto, la misma procederá a realizar la respectiva conmutación pensional, respecto de todos sus pensionados y trabajadores que tengan derecho a ello, como mecanismo de normalización pensional. Para tal efecto, la empresa podrá optar entre los mecanismos de conmutación previstos en el artículo 2.2.8.8.10. de este decreto. (Decreto 1260 de 2000, artículo 6°)

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Constitutional history

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