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Article 11

Decreto 372 de 1948 · Por el cual se organiza la Campaña Sanitaria del Departamento del Tolima

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Text of the article

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Artículo undécimo. Los sobrantes actuales que tenga el Secretario-Pagador-Almacenista contabilizados en "Depósitos de Sanidad", lo mismo que la deuda del Departamento del Tolima, proveniente del contrato caducado, se invertirán en la siguiente forma: 1° Para el pago de las acreencias de la Dirección Departamental de Higiene y los Organismos Sanitarios, que asciende a la cantidad de ocho mil cincuenta y cinco pesos con ochenta y tres centavos ($ 8.055.83), según Resolución número 173, de noviembre 18 de 1947, aprobada por el Ministerio de Higiene. 2° A atender las prestaciones sociales de los empleados y obreros que trabajan en virtud del contrato celebrado, entre la Nación y el Departamento del Tolima, hasta el 30 de junio de 1947. En caso de que éstos no alcanzaren, la Dirección Departamental de Higiene del Tolima deberá efectuar los traslados correspondientes a fin de atender estas obligaciones.

02

Constitutional history

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