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Article 4

El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público Si Considera Que Es El Caso De Declarar La Exención, Así Lo Decretará Y Remitirá Una Copia De La Factura De Pedido A La Administración De La Aduana Correspondiente

Decreto 610 de 1927 · Por el cual se dictan varias disposiciones en cuanto a la exención de derechos de importación de que gozan algunas entidades públicas o privadas

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Text of the article

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º. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público si considera que es el caso de declarar la exención, así lo decretará y remitirá una copia de la factura de pedido a la Administración de la Aduana correspondiente. Allí se acompañará ésta con la factura certificada por el Cónsul del puerto de despacho y si se hallaren idénticas se dispondrá la entrega de los cargamentos. En el caso de discrepancia entre unas y otras, se perderá el derecho a la exención.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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