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Article 14

El Costo De Mantenimiento Del Hospital Militar - Centro Médico Colombiano De Estudios Para Graduados Se Atenderá: A) Por La Nación En Cuanto A Los Gastos Que Ocasione La Asistencia De Pacientes Sin Recursos Económicos, Y Aquellos Otros Gastos Derivados De Los Programas Docentes E Investigativos; B) Por El Ministro De Guerra, El Cual Aportará Las Partidas Necesarias Para Cubrir El Costo De Servicios Asistenciales De Todo Orden Que Se Presten Al Personal De Las Fuerzas Militares, De Acuerdo Con Las Disposiciones Vigentes; C) Por Los Ingresos Provenientes De La Prestación De Servicios A Particulares, Derechos De Docencia O Cualquier Otro Servicio

Decreto 468 de 1961 · Por el cual se aprueban los estatutos del Hospital Militar - Centro Médico Colombiano de Estudios para Graduados

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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El costo de mantenimiento del Hospital Militar - Centro Médico Colombiano de Estudios para Graduados se atenderá

a)

Por la Nación en cuanto a los gastos que ocasione la asistencia de pacientes sin recursos económicos, y aquellos otros gastos derivados de los programas docentes e investigativos;

b)

Por el ministro de Guerra, el cual aportará las partidas necesarias para cubrir el costo de servicios asistenciales de todo orden que se presten al personal de las Fuerzas Militares, de acuerdo con las disposiciones vigentes;

c)

Por los ingresos provenientes de la prestación de servicios a particulares, derechos de docencia o cualquier otro servicio.

02

Constitutional history

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