Vigencia y derogatorias . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los artículos 41, 42, 43 y 44 del Decreto número 1011 de 2006, así como el
del artículo 7° del Decreto número 2923 de 2011 y demás disposiciones que le sean contrarias.
Artículo 7 DECRETO 2923 de 2011