ARTICULO 47. El Director Seccional de Orden Público asignará el Juez de Instrucción o de Conocimiento que deba controlar o adelantar una indagación o un proceso determinado, y podrá variar la asignación hecha, siempre que lo considere necesario para garantizar la reserva de su identidad.
Article 47
El Director Seccional De Orden Público Asignará El Juez De Instrucción O De Conocimiento Que Deba Controlar O Adelantar Una Indagación O Un Proceso Determinado, Y Podrá Variar La Asignación Hecha, Siempre Que Lo Considere Necesario Para Garantizar La Reserva De Su Identidad
Decreto 2790 de 1990 · “por el cual se dicta el Estatuto para la Defensa de la Justicia, integrando en una sola jurisdicción los Jueces de Orden Público y los Especializados, creando mecanismos jurídicos para su protección y la de los demás intervinientes en los procesos penales de su competencia, organizando la Subdirección Nacional y las Direcciones Seccionales de Orden Público para darles el apoyo operativo y necesario para el cumplimiento de sus funciones y robusteciendo los organismos auxiliares de la justicia”.
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