De los contratos de prestación de servicios. El Instituto podrá celebrar contratos administrativos de prestación de servicios con profesionales independientes o con asociaciones de profesionales para desarrollar actividades relacionadas con la prestación de servicios espaciales, cuando las mismas no puedan cumplirse con personal de planta. Estos contratos, que no configuran relación laboral alguna con el particular contratista, deberán contener las cláusulas de caducidad, multas y garantías que se exigen para los convenios administrativos. Los contratos de prestación de servidos se regularán por lo dispuesto en el Decreto 150 de 1976 y por las normas de este Decreto.
Decreto 1652 de 1977 →In force
Article 29
De Los Contratos De Prestación De Servicios
Decreto 1652 de 1977 · por el cual se determina el sistema especial de clasificación y remuneración correspondiente a las distintas categorías de cargos del Instituto de Seguros Sociales y se dictan otras disposiciones.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.