La distribución anual de los recursos del Fondo de Fomento se hará con la aprobación del Comité de Coordinación Ejecutiva del Sector Agropecuario, de conformidad con los planes que le someta el Ministro de Agricultura, previa evaluación de los programas que elaboren las entidades especializadas del sector agropecuario, dedicadas al incremento de la producción de materias primas agrícolas o pecuarias.
Article 66
La Distribución Anual De Los Recursos Del Fondo De Fomento Se Hará Con La Aprobación Del Comité De Coordinación Ejecutiva Del Sector Agropecuario, De Conformidad Con Los Planes Que Le Someta El Ministro De Agricultura, Previa Evaluación De Los Programas Que Elaboren Las Entidades Especializadas Del Sector Agropecuario, Dedicadas Al Incremento De La Producción De Materias Primas Agrícolas O Pecuarias
Decreto 133 de 1976 · Por el cual se reestructura el Sector Agropecuario
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