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Article 20

Ley 64 de 1931 · Orgánica del presupuesto

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Además del proyecto de Presupuesto de renta y gastos, el Gobierno presentará al Congreso, en los primeros diez días de sesiones anuales de éste, un cuadro en que conste el estado de la contabilidad nacional el día 30 de junio de cada año, en lo referente a los saldos y a las reservas a que hubiere dado lugar la aplicación de los artículos de la presente Ley, durante el año fiscal precedente, y un informe explicativo del cuadro anterior.

Cuando del estudio del ejercicio del Presupuesto y de los documentos de que trata el inciso precedente, aparezca que los ingresos son inferiores a los gastos, el Ministro de Hacienda y Crédito Público presentará simultáneamente con el proyecto de ley de Presupuestos Nacionales, otro que modifique la Ley de Apropiaciones en el curso en el sentido de reducir los gastos en el resto de la vigencia para mantener el equilibrio del presupuesto.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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