JurídicoESEN

Article 3

Para Que El Departamento Del Huila Pueda Hacer Uso Ele La Autorización Que Le Confiere El Artículo 2° De La Ley Precitada, Es Necesario Que Celebre Previamente Con El Ministerio De Obras Publicas Un Contrato En Que Conste Que El Departamento Se Someterá En La Ejecución De Las Obras De Que Trata Este Decreto, Y En El Cobro Del Valor De Ellas, A Los Estudios Técnicos Hechos Por El Gobierno Nacional Y A Los Precios Que Éste Fije Para Dichas Obras

Decreto 1949 de 1927 · Por el cual se reglamenta la Ley 2a de 1927

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

° Para que el Departamento del Huila pueda hacer uso ele la autorización que le confiere el artículo 2° de la Ley precitada, es necesario que celebre previamente con el Ministerio de Obras Publicas un contrato en que conste que el Departamento se someterá en la ejecución de las obras de que trata este Decreto, y en el cobro del valor de ellas, a los estudios técnicos hechos por el Gobierno Nacional y a los precios que éste fije para dichas obras.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1949 de 1927