Los vigilantes de las empresas o sociedades de vigilancia privada se identificarán con la credencial expedida por la División de Información, Policía Judicial y Estadística Criminal en Bogotá. En su actuación no podían ostentar el carácter de autoridad pública, pero podrán coadyuvar al descubrimiento de hechos relativos a infracciones penales, siempre que no interfieran la función judicial. Los resultados deberán ofrecerse a la Policía Nacional.
Decreto 195 de 1973 →In force
Article 15
Los Vigilantes De Las Empresas O Sociedades De Vigilancia Privada Se Identificarán Con La Credencial Expedida Por La División De Información, Policía Judicial Y Estadística Criminal En Bogotá
Decreto 195 de 1973 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Código Nacional de la Policía y del Estatuto Orgánico de la Policía Nacional sobre Vigilancia Privada
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01
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02
Constitutional history
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