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Article 22

En La Construcción De Campamentos Provisionales (Para Uso Por Períodos No Mayores De Un Año) El Explotador Deberá Tener En Cuenta Las Siguientes Especificaciones: A) Los Pisos Podrán Ser De Ladrillo, Piedra Con Revoque De Cemento, Cascajo Con Una Capa De Mortero De Cemento O Madera

Decreto 2222 de 1993 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

En la construcción de campamentos provisionales (para uso por períodos no mayores de un año) el explotador deberá tener en cuenta las siguientes especificaciones

a)

Los pisos podrán ser de ladrillo, piedra con revoque de cemento, cascajo con una capa de mortero de cemento o madera. No se permitirán pisos de tierra;

b)

La altura del cieloraso, tomada desde el piso, será por lo menos de tres (3) metros en localidades cuya temperatura media sea menor de 18 grados y en localidades con temperatura media mayor de 18 grados, de por lo menos tres con cincuenta (3.50) metros;

c)

El número de personas que puede dormir en un campamento se calculará de modo que a cada cama corresponda un rectángulo de 1.6 metros por 2.3 metros, o sea un área de 3.68 metros cuadrados, con una distancia entre cama y cama de 80 centímetros por lo menos;

d)

Si los campamentos tienen dormitorios comunales, estos tendrán un área de 12 metros cuadrados como mínimo. El número de personas que puede dormir en un cuarto se fijará teniendo en cuenta que a cada una deben corresponder 12 metros cúbicos de aire en climas de menos de 18 grados centígrados, y 15 metros cúbicos en climas de más de 18 grados;

e)

En los lugares en donde haya mosquitos, las puertas, ventanas y claraboyas estarán protegidas por anjeo; las puertas tendrán resorte de cierre automático, y se abrirán hacia afuera. Cualquier orificio que quede en los techos o en las paredes se protegerá de forma tal que impida el ingreso de mosquitos o murciélagos;

f)

En los dormitorios colectivos, las camas serán individuales, de preferencia metálicas y se colocarán a una distancia de 80 centímetros por lo menos una de otra. No se permitirá el empleo de catres superpuestos;

g)

Toda edificación bien sea por su diseño, calidad del material o por mecanismos adicionales, deberá evitar el ingreso y proliferación de roedores.

02

Constitutional history

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