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Article 2.4.8.3.6

Promociones En Los Grados

Decreto 1079 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Promociones en los grados. Las promociones en los grados de la Orden procederán cuando:

a)

Se comprueben méritos nuevos que justifiquen plenamente la promoción de grado;

b)

El candidato haya cumplido un tiempo mínimo de tres años en el grado anterior.

En todo caso, se requerirá siempre presentar al Consejo de la Orden un expediente comprobatorio de los hechos.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.4.8.3.6. Promociones en los grados. Las promociones en los grados de la Orden se harán rigurosamente de acuerdo con la escala prevista en el artículo 2.4.8.3.2, sin pretermisión de grados y siempre que se compruebe:

a)

Un tiempo mínimo de tres años en el grado anterior, y

b)

Méritos nuevos que justifiquen plenamente el ascenso. En todo caso, se requerirá siempre presentar al Consejo de la Orden un expediente comprobatorio de los hechos.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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