JurídicoESEN

Article 3

Decreto 2450 de 2008 · por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2085 del 11 de junio de 2008.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

º . Modificase el artículo 7º del Decreto 2085 del 11 de Junio de 2008, así: "Artículo 7º. Valor de la caución . De acuerdo con la equivalencia para la reposición de los vehículos de transporte terrestre automotor de carga de servicio público o particular previstas en el artículo 3º del presente decreto, el valor de la caución será: (i) Para vehículos articulados Tractocamión de setenta millones de pesos ($70.000.000) moneda corriente; (ii) Para vehículos rígidos dobletroque de tres o cuatro ejes y minimulas de cincuenta millones de pesos ($50.000.000) moneda corriente; (iii) Para vehículos rígidos de dos ejes con capacidad de carga superior a seis toneladas, de treinta y cinco millones de pesos ($35.000.000) moneda corriente; (iv) Para vehículos rígidos de dos ejes con capacidad de carga superior a cuatro y hasta seis toneladas, de quince millones de pesos ($15.000.000) moneda corriente; y (v) Para vehículos rígidos de dos ejes con capacidad de carga superior a tres y hasta cuatro toneladas, de diez millones de pesos ($10.000.000) moneda corriente. El monto de la caución será reajustado anualmente a partir del 1º de julio de 2009 en un porcentaje igual al determinado para el índice de Precios al Consumidor, IPC".

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 2450 de 2008