Los autos en que se admitan o rechace la constitución de parte civil, y los que se niegue la admisión o la practica de pruebas, son apelables en el efecto devolutivo cuando fueren dictados dentro del sumario, y en el efecto suspensivo, si fueren dentro del juicio. Los autos que nieguen o decreten la acumulación de procesos y los que califiquen el merito del sumario, serán apelables en el efecto suspensivo, con excepción del sobreseimiento temporal que será en el devolutivo.
Decreto 1358 de 1964 →In force
Article 30
Los Autos En Que Se Admitan O Rechace La Constitución De Parte Civil, Y Los Que Se Niegue La Admisión O La Practica De Pruebas, Son Apelables En El Efecto Devolutivo Cuando Fueren Dictados Dentro Del Sumario, Y En El Efecto Suspensivo, Si Fueren Dentro Del Juicio
Decreto 1358 de 1964 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre Procedimiento Penal
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01
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02
Constitutional history
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