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Article 7

Decreto 1695 de 1997 · Por el cual se suprime la Corporación Social de la Superintendencia de Sociedades "Corporanónimas" y se ordena su liquidación

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Text of the article

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Prestación de los servicios de salud para los afiliados . Los actuales afiliados a Corporanónimas EPS deben elegir, antes del 30 de agosto de 1997, la nueva Entidad Promotora de Salud EPS. En el evento en que no lo hicieren, los respectivos patronos lo harán por ellos, a más tardar el 15 de septiembre de 1997. Si cumplidos estos plazos no se hiciere dicha elección, Corporanónimas podrá trasladarlos a la Entidad Promotora de Salud EPS que considere más conveniente.

Parágrafo

Los beneficios médico asistenciales superiores al Plan Obligatorio de Salud POS, que tienen los actuales funcionarios y pensionados de las superintendencias afiliadas a Corporanónimas, serán tomados como planes de atención complementarios en salud con cargo a dichas superintendencias. Así mismo, los beneficios de que trata el presente artículo, correspondientes a los pensionados de Corporanónimas, serán tomados con cargo a la Superintendencia de Sociedades. CAPITULO lll. Obligaciones pensionales

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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