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Article 4

Esta Ley Regirá Desde Su Sanción

Ley 131 de 1963 · por la cual se honra la memoria de un prócer de la Patria (doctor José Joaquín de Hoyos), y se dictan otras disposiciones.

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Text of the article

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Auxíliase por una sola vez a la ciudad de Marinilla con la suma de doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000.00) que serán destinados para la pavimentación de la plaza principal y la calles de dicha ciudad. Artículo 5o. Para dar cumplimiento al artículo 2° de la presente Ley se destina la suma de cincuenta mil pesos ($50.000.00) que se incluirán, necesariamente, en el Presupuesto de la próxima vigencia. Artículo 6o. Asimismo, la partida de que hablan los artículos 2o y 3o de la presente Ley se incluirá en el Presupuesto, y en caso de no hacerse se autoriza al Gobierno Nacional para hacer los traslados a fin de garantizar el cumplimiento estricto de la misma. Artículo 7o. La partida de que habla el artículo 4° de la presente Ley se entregará a la Junta del Bicentenario del Natalicio del doctor José Joaquín de Hoyos que funciona en la ciudad de Marinilla, la cual dará cuenta de su inversión a la Contraloría General de la Nación. Artículo 8o. Esta Ley regirá desde su sanción.

02

Constitutional history

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