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Article 35

Asignaciones Básicas

Decreto 304 de 2020 · por el cual se fijan las remuneraciones de los empleos que sean desempeñados por empleados públicos de la Rama Ejecutiva, Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible, y se dictan otras disposiciones.

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Asignaciones básicas. A partir del 1° de enero de 2020, la escala de asignación básica para las distintas denominaciones de empleos públicos de la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) será la siguiente: GRADO SALARIAL DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL TÉCNICO ASISTENCIAL 01 9.699.272 7.420.214 2.852.860 2.796.184 1.910.131 02 13.685.492 8.764.139 3.081.918 1.965.586 03 19.921.412 9.699.272 3.748.156 04 4.345.801 05 5.448.634 06 5.738.031 07 6.794.540 08 7.080.770 09 7.481.669 10 8.135.506

Parágrafo 1

En la escala de asignación básica fijada en el presente artículo la primera columna señala los grados de remuneración y la segunda indica la asignación básica mensual establecida para cada grado.

Parágrafo 2

Las asignaciones básicas fijadas en las escalas salariales, corresponden exclusivamente a empleos de tiempo completo. Los empleos de medio tiempo o tiempo parcial se remunerarán en forma proporcional al tiempo laborado. TÍTULO IV ESCALA DE ASIGNACIÓN BÁSICA MENSUAL PARA LOS EMPLEOS DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA

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Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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