Los contratos que celebre la Junta para la ejecución de las obras a que este Decreto se refiere serán de administración directa o delegada o a precio fijo.
Article 12
Los Contratos Que Celebre La Junta Para La Ejecución De Las Obras A Que Este Decreto Se Refiere Serán De Administración Directa O Delegada O A Precio Fijo
Decreto 438 de 1928 · Por el cual se reglamentan las Leyes 25 de 1921 y 51 de 1926, respecto a obras distintas de la desecación en Fúquene, pantanos del valle de Ubaté y beneficio de las aguas de la laguna de Tota, se crea la Junta Nacional de Valorización, se reglamenta el artículo 19 de la Ley 89 de 1927 y se reforma el artículo 4º del Decreto número 1260 de 22 de julio de 1927
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