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Article 714

Contenido De La Solicitud

Decreto 1165 de 2019 · por el cual se dictan disposiciones relativas al Régimen de Aduanas en desarrollo de la Ley 1609 de 2013.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Contenido de la solicitud. La solicitud deberá presentarse personalmente por el titular del derecho, la federación o asociación facultada para representarlo, o el representante legal o apoderado, debidamente constituido. En ella deberá suministrarse la siguiente información

1.

Nombre completo, identificación y dirección de residencia del titular del dere­cho de propiedad intelectual.

2.

Nombre o razón social y dirección de quien en el país esté autorizado o con licencia para disfrutar del derecho de propiedad intelectual.

3.

Identificación de su derecho de propiedad intelectual y de los hechos en los que hace consistir la violación del mismo. De ser posible se identificará a los pre­suntos responsables. Tratándose de marca se indicará el número de certificado de registro.

4.

Indicación del lugar donde se edita, graba, imprime o, en general, produce la mercancía genuina; la identidad del fabricante, su dirección y demás medios de comunicación que conozca.

5.

Descripción detallada de las mercancías auténticas.

6.

Si fuere posible, la descripción de las mercancías supuestamente piratas o de marca falsa, objeto de la solicitud e indicación del lugar de su ubicación.

7.

Si lo considerare necesario y no lo hubiere hecho previamente, la petición de autorización para examinar la mercancía. Anexos . A la solicitud se anexarán los siguientes documentos: 1. Copia del registro, título o documento que lo acredita como titular del derecho, en los eventos en que este fuere legalmente necesario para constituir el derecho. 2. El poder o documento que acredita la calidad con que se actúa, si fuere el caso. 3. Si ya se hubiere promovido ante la autoridad competente el proceso sobre vio­lación de los derechos de propiedad intelectual, también se anexará copia de la denuncia o demanda correspondiente. 4. La evidencia, si se tiene, que demuestre la existencia de la infracción del dere­cho.

Parágrafo

La solicitud no requerirá de presentación personal cuando quien la suscribe aparece inscrito en el directorio de titulares, en cuyo caso podrá enviarla por fax. En este evento tampoco se requerirán los anexos 1 y 2, a menos que hubieren sufrido modificaciones.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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