º. Los aranceles aduaneros sobre las importaciones de mercancías no agrícolas originarias de Estados Unidos de América, comprendidas en las líneas arancelarias especificadas en la categoría de desgravación B, en el artículo 13 del presente decreto, se eliminarán en cinco etapas anuales iguales, comenzando en la fecha en que este Acuerdo entre en vigor, y dichas mercancías deberán quedar libres de aranceles a partir del 1° de enero del año cinco. Tasa Base Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5 5% 4,00% 3,00% 2,00% 1,00% 0,00% 10% 8,00% 6,00% 4,00% 2,00% 0,00% 15% 12,00% 9,00% 6,00% 3,00% 0,00% 20% 16,00% 12,00% 8,00% 4,00% 0,00%
Article 8
Los Aranceles Aduaneros Sobre Las Importaciones De Mercancías No Agrícolas Originarias De Estados Unidos De América, Comprendidas En Las Líneas Arancelarias Especificadas En La Categoría De Desgravación B, En El Artículo 13 Del Presente Decreto, Se Eliminarán En Cinco Etapas Anuales Iguales, Comenzando En La Fecha En Que Este Acuerdo Entre En Vigor, Y Dichas Mercancías Deberán Quedar Libres De Aranceles A Partir Del 1° De Enero Del Año Cinco
Decreto 730 de 2012 · por el cual se da cumplimiento a los compromisos adquiridos por Colombia en virtud del Acuerdo de Promoción Comercial entre la República de Colombia y los Estados Unidos de América
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.