JurídicoESEN

Article 29

Los Concursos De Ingreso Al Servicio Serán Convocados Por El Consejo Superior De La Administración De Justicia Por Medio De La Gaceta Del Foro, El Diario Oficial U Otros Medios De Comunicación Social De Amplia Difusión

Decreto 1660 de 1978 · Por el cual se reglamentan parcialmente las Leyes 15 y 20 de 1972, los Decretos 250 y 762 de 1970, 546 de 1971 y 717 de 1978, y otras disposiciones sobre administración del personal de la Rama Jurisdiccional, del Ministerio Público y de las Direcciones de Instrucción Criminal.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

ARTICULO 29. Los concursos de ingreso al servicio serán convocados por el Consejo Superior de la Administración de Justicia por medio de la Gaceta del Foro, el Diario Oficial u otros medios de comunicación social de amplia difusión. En la convocatoria se señalarán los empleos que se van a proveer por concurso, los métodos de selección, la fecha en que deban realizarse las evaluaciones, el sistema de calificación y los factores que la integran, requisitos de admisión y formas de acreditarlos, lugares de inscripción y los demás datos que se consideren convenien

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Decreto 1660 de 1978