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Article 39

Decreto 1172 de 1989 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título IX de la Ley 09 de 1979, en cuanto a la obtención, preservación, almacenamiento, transporte, destino y disposición final de órganos o componentes anatómicos y los procedimientos para trasplantes de los mismos en seres humanos, así como la Ley 73 de 1988

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01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

En los certificados de defunción que se expidan para los efectos del artículo anterior, se deberá tener en cuenta

a)

Que el certificado sea expedido por más de un médico;

b)

Que quienes expidan la certificación sean médicos distintos de quienes vayan a utilizar los elementos orgánicos;

c)

Que de manera especial conste la identificación de la persona fallecida, su edad, la fecha y hora del fallecimiento, así como los causas de la muerte, la identificación de los signos a que se refiere el artículo noveno (9º) de este Decreto y los métodos empleados para comprobarlos.

Parágrafo

El Ministerio de Salud podrá señalar requisitos adicionales a los previstos en el presente artículo y determinará el formato del certificado de defunción especial para estos casos.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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