Ámbito de aplicación . Las disposiciones contenidas en este decreto se aplican a: 2.1. Los titulares de registro sanitario, importadores y fabricantes de medicamentos de síntesis química, gases medicinales, biológicos, homeopáticos y productos fitoterapéuticos. 2.2. Los distribuidores y comercializadores de medicamentos, en lo que aplique al desarrollo de sus actividades. 2.3. El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima. 2.4. Las Entidades Territoriales de Salud, ETS. 2.5. Droguerías, farmacias-droguerías y almacenes de grandes superficies. 2.6. El Ministerio de Salud y Protección Social. CAPÍTULO II Renovaciones automáticas de registro sanitario
Article 2
Ámbito De Aplicación
Decreto 334 de 2022 · Por el cual se establecen disposiciones para la renovación, modificación y suspensión de registros sanitarios de medicamentos de síntesis química, gases medicinales, biológicos y homeopáticos; de información y publicidad de medicamentos y productos fitoterapéuticos; de adopción de medidas para garantizar el abastecimiento de medicamentos de síntesis química, gases medicinales y biológicos; y se dictan otras relacionadas con estos productos
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