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Article 3

Solicitud De Pago

Decreto 1738 de 2021 · Por el cual se reconoce como deuda pública y se ordena el pago de las obligaciones que surjan en el Proceso Liquidatorio Administrativo o por vía Judicial de los Contratos de Salud del FOMAG ejecutados durante la vigencia 2012 a 2017 en virtud del artículo 110 de la Ley 2063 de 2020

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01

Text of the article

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Solicitud de pago. Fiduprevisora S.A. en su calidad de vocera y administradora del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio - FOMAG, deberá presentar, a más tardar el 20 de diciembre de 2021, una cuenta de cobro al Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional hasta por la suma establecida en el artículo 1 del presente Decreto y anexar los siguientes documentos

a)

Certificación suscrita por el Vicepresidente del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio - FOMAG, y avalada por el Revisor Fiscal de Fiduprevisora S.A., que actúa como vocera y administradora del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio - FOMAG, en la que se detalle el beneficiario y valor a pagar (capital e intereses) de las obligaciones de pago originadas en el Proceso Liquidatorio Administrativo o por vía Judicial de los Contratos de Salud del FOMAG ejecutados durante la vigencia de 2012 a 2017 y se certifique que las decisiones que dan origen a las obligaciones se encuentran ejecutoriadas.

b)

Certificación bancaria del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio - FOMAG con los detalles de la cuenta en la que se recibirá el giro de los recursos.

02

Constitutional history

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