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Article 2

º Si A Juicio Del Icfes El Alza No Está En Correspondencia Con Los Fines Y Objetivos De La Educación Superior, La Institución De Educación Superior Procederá A Adoptar Los Correctivos Del Caso E Informar Al Icfes En Un Período No Mayor A Treinta (30) Días Calendario

Decreto 110 de 1994 · por el cual se establecen criterios para la inspección y vigilancia respecto a los derechos pecuniarios en las instituciones de educación superior de carácter privado

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01

Text of the article

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º Si a juicio del Icfes el alza no está en correspondencia con los fines y objetivos de la educación superior, la institución de educación superior procederá a adoptar los correctivos del caso e informar al Icfes en un período no mayor a treinta (30) días calendario. El incumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo dará lugar a las acciones administrativas y a la imposición de las sanciones a que se refiere el artículo 48 de la Ley 30 de 1992.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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