º El Vicario Castrense percibirá una remuneración mensual de ciento setenta mil pesos ($ 170.000.00), de la cual el cincuenta por ciento (50%) corresponderá a gastos de representación y el cincuenta por ciento (50%) restante a asignación básica, y el Vicario Delegado Castrense percibirá mensualmente un sueldo básico de cincuenta y tres mil pesos ($53.000.00) y gastos de representación en la misma cuantía.
Article 3
º El Vicario Castrense Percibirá Una Remuneración Mensual De Ciento Setenta Mil Pesos ($ 170
Decreto 95 de 1986 · por el cual se fijan los sueldos básicos para el personal de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares, Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Policía Nacional y Empleados Públicos del Ministerio de Defensa, las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, se establecen bonificaciones para Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines. Grumetes y Soldados y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
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