º . Ofertas alternativas. Si luego de recibida una oferta, la entidad estatal concedente recibe otra oferta de iniciativa privada para el diseño, la construcción, operación y mantenimiento de la misma obra pública, esta última será considerada como oferta alternativa y sólo será considerada para los efectos previstos en el presente decreto en el evento que la primera sea declarada no viable. Lo anterior no obsta para que en desarrollo de la licitación que se abra como consecuencia de una oferta de iniciativa privada considerada viable, los proponentes puedan presentar alternativas y excepciones técnicas o económicas, siempre y cuando ellas no signifiquen condicionamientos para la adjudicación.
Decreto 4533 de 2008 →In force
Article 9
Decreto 4533 de 2008 · por el cual se reglamentan las iniciativas privadas de que trata el parágrafo 2° del artículo 32 de la Ley 80 de 1993.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.