La inspección y toma de muestras de leche para control oficial será realizada por la autoridad sanitaria correspondiente en el momento que lo considere necesario o conveniente, en cualquiera de las etapas comprendidas entre la producción y el consumo.
En lo posible, la toma de muestras para control oficial se realizará en presencia del propietario, representante legal o administrador, del establecimiento o en su defecto de cualquiera de sus empleados.