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Article 4

La Comisión Sesionará Veinte Horas Semanales Por Lo Menos, Y En El Local Que Para El Efecto Designe El Ministerio De Gobierno

Decreto 2288 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 77 de 1945

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01

Text of the article

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° La comisión sesionará veinte horas semanales por lo menos, y en el local que para el efecto designe el Ministerio de Gobierno. El trabajo se. Organizará de la siguiente manera

a)

Se elaborará como orientación un esquema general del Código;

b)

En cada sesión se señalarán los asuntos que deban, discutirse en la próxima;

c)

Los miembros de la comisión repartirán el trabajo como lo estimen conveniente para facilitar las ponencias escritas que deberán llevarse a cada sesión por el miembro comisionado. La ponencia escrita se incorporará en el acta.

d)

Discutida una ponencia, ella podrá ser pasada en comisión; e) la comisión tomará sus decisiones por mayoría de votos; el Secretaria tendrá voz pero no voto; f.) El miembro disidente podrá dejar por .escrito las razones en fundamente su voto, las cuales se incorporaran en el acta.

02

Constitutional history

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