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Article 2

Composición

Decreto 2862 de 2007 · por el cual se conforma y reglamenta el Comité Interinstitucional de Alertas Tempranas, CIAT.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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°. Composición . El CIAT estará integrado de la siguiente forma

1.

El Vicepresidente de la República o su delegado.

2.

El Alto Consejero Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional o su delegado.

3.

El Ministro del Interior y de Justicia o su delegado.

4.

El Ministro de Defensa Nacional o su delegado.

5.

El Director del Departamento Administrativo de Seguridad o su delegado.

Parágrafo 1

Cada uno de los integrantes actuará como representante de la oficina, dependencia o entidad respectiva, de acuerdo con las funciones constitucionales y legales a ellas asignadas, debiendo responder por sus acciones y omisiones.

Parágrafo 2

La Secretaría Técnica del Comité Interinstitucional de Alertas Tempranas será ejercida por el Viceministerio del Interior del Ministerio del Interior y de Justicia en la forma prevista por el Reglamento Interno del CIAT. Las funciones de la Secretaría Técnica serán adoptadas mediante Resolución emitida del Ministerio del Interior y de Justicia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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