JurídicoESEN

Article 11

Ley 69 de 1946 · Por la cual se elevan las tarifas de algunos impuestos y se dictan otras disposiciones

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Las personas naturales o jurídicas que lleven a cabo ventas por el sistema comúnmente denominado "clubes" pagarán en las respectivas oficinas de Hacienda Nacional el dos por ciento (2%) sobre el valor de los artículos que deben entregar a los socios favorecidos durante los sorteos.

Las autoridades encargadas de conceder licencias para estos sorteos se abstendrán de hacerlo si no se les presenta el comprobante del pago del impuesto. La contravención a esta norma legal por parte de dichos funcionarios los hará incurrir en multas equivalentes al doble del valor del impuesto dejado de pagar, que impondrá el respectivo funcionario de Hacienda Nacional por medio de providencia motivada, contra la cual procede el recurso de apelación ante la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
See all of Ley 69 de 1946