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Article 60

La Expulsión De La Facultad Se Impone Por El Consejo Directivo De Ella, Especialmente En Cualquiera De Los Casos Siguientes: 1-Cuando El Alumno Haya Usado Armas Contra Otro Alumno Para Herirlo O Amenazarlo; 2-Cuando Haya Entrado En Maquinaciones Para Alterar El Orden Escolar O Faltar A Algún Superior O Profesor; 3-Cuando Por Faltas Repetidas, Manifieste Un Carácter Refractario A Toda Disciplina Escolar

Decreto 481 de 1918 · Por el cual se aprueba el Reglamento para la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional

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La expulsión de la Facultad se impone por el Consejo Directivo de ella, especialmente en cualquiera de los casos siguientes: 1-Cuando el alumno haya usado armas contra otro alumno para herirlo o amenazarlo; 2-Cuando haya entrado en maquinaciones para alterar el orden escolar o faltar a algún Superior o Profesor; 3-Cuando por faltas repetidas, manifieste un carácter refractario a toda disciplina escolar. 4-Cuando, por palabras o actos inmorales, haya tratado de pervertir a otro alumno, o cuando haya puesto letreros o figuras inmorales u ofensivas; 5-Cuando haya ultrajado de- cualquier modo a un Superior o Profesor; 6-Cuando de palabra, por escrito o de hecho haya incurrido en falta calificada como delito por las leyes; y 7-Cuando se hubiere entregado al vicio de la embriaguez o de morfina, o concurra a casas de juego de suerte y azar. CAPITULO XI Faltas de asistencia

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Constitutional history

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