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Article 12

Decreto 827 de 1986 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2062 de 1984, Reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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SELECCIÓN DE SUBOFICIALES PARA INGRESO A LA ESCUELA DE CADETES DE POLICÍA GENERAL SANTANDER. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 26 del Decreto 2062 de 1984, los Suboficiales que deseen ingresar al curso de Oficiales, deberán llenar los siguientes requisitos

a)

Haber servido a la Institución un mínimo de dos (2) años;

b)

Elevar solicitud a la Dirección General de la Policía Nacional;

c)

No ser mayor de 25 años;

d)

Ser soltero y permanecer en este estado durante su permanencia en la Escuela de Cadetes de Policía General Santander;

e)

Haber estado clasificado durante todo el tiempo, de servicio como Suboficial en lista uno (1) o dos (2) y no haber sufrido sanción disciplinaria;

f)

Obtener concepto favorable de la Junta de Admisiones de la Escuela de Cadetes de Policía General Santander y la aprobación del Director General de la Policía Nacional.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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