El día 31 de diciembre de cada año los Guardaparques asentarán en el Registro diario una partida que se llamará inventario de salida, la cual vienen á constituirla los saldos de elementos que figuran en el cuadro correspondiente al mes de diciembre. Con esta partida, que se trasladará al libro de Cuentas de especies, en la respectiva columna de salidas, quedarán saldadas todas las cuentas de este libro y terminada por consiguiente a la cuenta anual, enviándose los libros originales á la Oficina general de cuentas en la época fijada por el Código Fiscal para la presentación de las cuentas anuales de los demás responsables del Erario.
Decreto 307 de 1897 →In force
Article 12
El Día 31 De Diciembre De Cada Año Los Guardaparques Asentarán En El Registro Diario Una Partida Que Se Llamará Inventario De Salida, La Cual Vienen Á Constituirla Los Saldos De Elementos Que Figuran En El Cuadro Correspondiente Al Mes De Diciembre
Decreto 307 de 1897 · Reglamentario de los Parques de la República
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01
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02
Constitutional history
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