° A partir del 1° de marzo venidero el personal del ramo de Navegación Fluvial será el mismo que hoy existe, con exclusión de los empleados suprimidos por el Decreto número 268, de 14 del presente, y sus asignaciones serán las mismas que en la actualidad devengan mientras se lleva a término la reorganización general de dicho ramo.
Article 1
A Partir Del 1° De Marzo Venidero El Personal Del Ramo De Navegación Fluvial Será El Mismo Que Hoy Existe, Con Exclusión De Los Empleados Suprimidos Por El Decreto Número 268, De 14 Del Presente, Y Sus Asignaciones Serán Las Mismas Que En La Actualidad Devengan Mientras Se Lleva A Término La Reorganización General De Dicho Ramo
Decreto 358 de 1918 · Por el cual se dicta una disposición de carácter transitorio en el ramo de Navegación Fluvial y se fijan unas asignaciones
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