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Article 26

Ley 1 de 1959 · Régimen de cambios internacionales y comercio exterior

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

El no cumplimiento de los contratos de exportación de café que se presenten para obtener el registro, dentro del término en ellos señalado, y la invalidación de los mismos sin que medien razones justificativas, a juicio de la Oficina de Registro de Cambios y de la Federación Nacional de Cafeteros, darán lugar a la imposición de multas por un monto equivalente al 50% del valor del contrato. Tales multas serán impuestas por la Oficina de Registro de Cambios y la respectiva resolución se someterá a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

La Oficina de Registro de Cambios no podrá otorgar prórrogas para el embarque del café correspondiente a contratos registrados, sino en caso de fuerza mayor debidamente comprobada, y previo concepto favorable de la Federación Nacional de Cafeteros.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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