°. Dictámenes . Los peritos deberán contar con los conocimientos especiales y experiencia en esta clase de procesos agrarios. La Unidad contratará la realización del experticio con las personas naturales o jurídicas que se hallen legalmente autorizadas para la rendición de esta clase de dictámenes. Los peritos deberán cumplir idónea y oportunamente con las estipulaciones y obligaciones pactadas, expresarán si hallan incursos en inhabilidades y rendirán sus dictámenes por escrito, en forma clara, precisa y fundamentada, dentro de los cinco (5) días siguientes a la finalización de la actuación. En desarrollo del principio de la espontaneidad y legalidad de la prueba, los peritos no dependerán de quienes soliciten la inspección ocular, tampoco estarán sometidos a las demandas que formulen los interesados que atenten contra el principio de la pertinencia, y en su deliberación conjunta para la rendición del experticio no podrán participar los peticionarios de la prueba ni los funcionarios de la Unidad. La apreciación del dictamen la hará la Unidad armonizándola con el conjunto de pruebas que se hayan aportado al proceso.
Decreto 4983 de 2007 →In force
Article 8
Dictámenes
Decreto 4983 de 2007 · por el cual se reglamenta la Ley 1152 de 2007 en lo relativo a la clarificación de la situación de las tierras desde el punto de vista de su propiedad, y el deslinde de las tierras del dominio de la Nación, se establecen los procedimientos respectivos y se dictan otras disposiciones.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.