º Los programas generales de compras afectan los gastos de funcionamiento y comprenden
Las compras de bienes muebles corrientes, entendiendo por tales las de uso ordinario y frecuente en cualquier organismo oficial, y
Las compras de bienes muebles especiales, entendiendo por tales los requeridos específicamente en determinados organismos o entidades.
Los organismos y entidades citados en el artículo 1º del presente Decreto podrán destinar hasta un diez por ciento (10%) en total del programa general de compras para adquisiciones no detalladas en el mismo.