º . El artículo 7º del Decreto 2233 de 1996, quedará así: "Artículo 7º. Conceptos de otras entidades . El Ministerio de Comercio Exterior solicitará concepto a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Además cuando lo considere procedente, solicitará concepto a otras entidades. El Ministerio de Comercio Exterior podrá solicita el concepto del Comité Asesor Regional de Comercio Exterior -CARCE- del respectivo departamento, si lo hubiere, sin que en ningún caso dicho concepto sea vinculante, ni que por ello se susciten restricciones o barreras de entrada que pudieran afectar la promoción de la competencia. En estos casos las entidades dispondrán de treinta (30) días contados a partir de la fecha de recibo de la solicitud, para emitir concepto. Los conceptos del Ministerio de Comercio Exterior, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y e l Comité Asesor Regional de Comercio Exterior se presentaran al Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, el cual emitirá las recomendaciones, con base en los mismos, al Ministerio de Comercio Exterior para que se declare la existencia de una nueva zona franca."
Decreto 918 de 2001 →In force
Article 8
Decreto 918 de 2001 · por el cual se modifica parcialmente el régimen de Zonas Francas Industriales de Bienes y Servicios y se dictan otras disposiciones´.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.