Facúltase al Director de la Banda Nacional de Bogotá para clasificar el personal de dicho Cuerpo, atendiendo no sólo a la importancia del instrumento sino también a las aptitudes y conocimientos teóricos y prácticos de cada Músico, y a su aprovechamiento en las clases que deben dictarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto 272 de 17 de marzo de 1913. Es entendido que la facultad de que se trata no autoriza al Director de la Banda para aumentar o disminuir el personal de ella o el de las clases en que está dividida, según el ya citado artículo; y que las permutas de puestos que haga y los cambios que introduzca en el expresado personal en virtud de la presente autorización, no tendrán validez sin una exposición previa de las causas que haya habido para el cambio en cada caso, y sin el correspondiente nombramiento del Ministerio de Instrucción Pública. Comuníquese y publíquese.
Decreto 528 de 1919 →In force
Article 4
Del Decreto 272 De 17 De Marzo De 1913
Decreto 528 de 1919 · Por el cual se concede una autorización al Director de la Banda Nacional de Bogotá.
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01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
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