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Article 23

Dirección General De Asuntos Económicos Bilaterales

Ley 11 de 1991 · por la cual se establece la estructura orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, se determinan las funciones de sus dependencias, se confieren unas facultades y se dictan otras disposiciones.

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

Son funciones de la Dirección General de Asuntos Económicos Bilaterales, las siguientes:

a)

Informar al Viceministro de Asuntos Económicos Internacionales sobre las gestiones emprendidas y los asuntos pendientes;

b)

Transmitir a las Misiones Diplomáticas y Consulares de Colombia en el Exterior, la orientación del Gobierno sobre su política económica internacional y preparar las instrucciones correspondientes;

c)

Coordinar las actividades propias de las Misiones Diplomáticas y Consulares, para que la gestión económica correspondiente se articule en un propósito conjunto;

d)

Presentar al Viceministro del área, las iniciativas tendientes a que la política económica internacional señalada por el Gobierno posea la coherencia y eficacia necesarias;

e)

Atender a los funcionarios diplomáticos acreditados en Colombia y a los nacionales acreditados en el exterior, con el objeto de tratar los asuntos de su competencia.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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