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Article 2

Transitorio

Decreto 2212 de 2023 · Por el cual se adiciona el Capítulo 6 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo, respecto de la organización y funcionamiento del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación (SNCI).

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

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Transitorio. Las Comisiones Regionales de Competitividad e Innovación tendrán un plazo de doce (12) meses, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto, para que adelanten los ajustes pertinentes en los respectivos actos administrativos de creación y funcionamiento.

A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, las entidades responsables contarán con un plazo de ocho (8) meses para la formulación de la Agenda Nacional de Competitividad e Innovación (ANCI).

A partir de la entrada en vigencia del presente decreto, el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo contarán con seis (6) meses para ajustar a la nueva estructura de comités temáticos del Sistema Nacional de Competitividad los temas, objetivos y funciones de los Comités Técnicos que estaban vigentes en el anterior SNCI.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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