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Article 5

º

Decreto 1328 de 1984 · Por el cual se reglamenta la Ley 23 de 1981, en cuanto a la expedición de tarjeta profesional de médico

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01

Text of the article

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º. Del trámite oficioso . El Ministerio de Salud oficiosamente y con base en la documentación aportada para obtener la autorización del ejercicio profesional de la medicina, procederá a emitir la tarjeta profesional, previo el pago de los derechos correspondientes. Los Jefes de los Servicios Seccionales de Salud tramitarán inmediatamente, y de oficio, ante el Ministerio de Salud las solicitudes de tarjeta profesional con la sola comprobación del pago de los derechos de expedición.

Parágrafo

El Ministerio de Salud reglamentará y tomará,' las medidas necesarias para todo lo relacionado con derechos de expedición de la tarjeta profesional de médico, con base en los costos de emisión y con sujeción de las disposiciones legales pertinentes.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

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