Dirección de Grupos Étnicos. En la Unidad Administrativa Especial para la Reparación Integral a Víctimas, se creará una Dirección Técnica de Grupos Étnicos que contará con una Coordinación de Pueblos y Comunidades Indígenas que será la encargada de coordinar, de manera ordenada, sistemática, coherente, eficiente y armónica, las actuaciones de las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas en lo que se refiere a la ejecución e implementación de las medidas consagradas en el presente decreto, y las acordadas en el marco de los PIRCPCI de las comunidades registradas.
Decreto 4633 de 2011 →In force
Article 174
Dirección De Grupos Étnicos
Decreto 4633 de 2011 · por medio del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales alas víctimas pertenecientes a los pueblos y comunidades indígenas.
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01
Text of the article
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02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
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