Colaboración de autoridades municipales. En desarrollo de lo establecido en el artículo 29 de la Ley 142 de 1994, los alcaldes y otras autoridades municipales deberán prestar su colaboración para la guarda de los bienes de la Empresa de Telecomunicaciones de Buenaventura-Telbuenaventura S. A. E.S.P. en Liquidación, conforme a las solicitudes que en tal sentido les eleve el Liquidador. En particular, realizarán, en la oportunidad solicitada por el Liquidador, el arqueo y conservación del efectivo que estuviera en poder de las oficinas recaudadoras de la Empresa de Telecomunicaciones de Buenaventura-Telbuenaventura S. A. E.S.P. en Liquidación y la conservación de los archivos de tales oficinas.
Decreto 1610 de 2003 →In force
Article 40
Decreto 1610 de 2003 · por el cual se suprime la Empresa de Telecomunicaciones de Buenaventura – Telbuenaventura S. A., E.S.P. y se ordena su disolución y liquidación.
The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
01
Text of the article
✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.
02
Constitutional history
Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.
This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.