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Article 4

Expedientes Pensionales Y Laborales

Decreto 2350 de 2014 · por el cual se establecen las reglas para la asunción de la función pensional del Instituto Nacional de Vías (Invías), por parte de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) y para el pago a través del Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional (FOPEP).

The official text of this article is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

01

Text of the article

✓Verbatim text as it appears in the provision. Hard data, citable.

°. Expedientes pensionales y laborales. La custodia y administración de los archivos laborales de los liquidados Distritos de Obras Públicas del entonces Ministerio de Obras Públicas y Transporte, continuarán a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías); por lo tanto, este deberá expedir las certificaciones de Historia Laboral que le requieran. La custodia y administración de los expedientes pensionales de dichos Distritos de Obras Públicas, luego de asumida la función pensional por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), estará a cargo de dicha Unidad.

02

Constitutional history

Every Constitutional Court ruling that has reviewed this article, in chronological order. Follow how the doctrine evolved: each ruling links to its record.

This article has no constitutional review recorded in the Court’s graph. It may not have been challenged yet, or the challenge may not have reached a decision on the merits.
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